VILLANUEVA Y GUARDIOLA - ABOGADOS

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VILLANUEVA Y GUARDIOLA ABOGADOS

SI SE TE OLVIDÓ SELLAR (O CUÑAR) Y TE HAN SANCIONADO

TE LO GANAMOS.!       100%EXITO


LA INFORMACIÓN DE LAS SANCIONES POR NO SELLAR ACTUALIZADA


(NOTICIA ACTUALIZADA EL 2 DE  FEBRERO DE 2020) 

Hola a todos

Como habréis podido observar hay mucha desinformación sobre este tema. Cada web cuenta una cosa diferente, por eso la información que hemos colgado en este blog es de primera mano y de un despacho de abogados serio. La siguiente información esta contrastada al 100%, ya que este despacho de abogados esta particularmente especializado en este tema.

Para empezar tenéis que saber que con carácter general las Sanciones se han paralizado. Así que buenas noticias para todos. 

Desde mediados del mes de enero del 2016 ya no se está  sancionando a nadie  que no hubiera sellado el paro o el subsidio por desempleo. (SALVO CASOS MUY MUY EXCEPCIONALES)

Y DESDE SEPTIEMBRE DE 2019 TAMPOCO SE SANCIONA A LOS QUE COBRAN LA RAI CON LA PERDIDA TOTAL DE LA AYUDA SINO SOLO CON 1 MES 

Así que si no habéis sellado cuando tocaba, debéis ir a la oficina a volver a daros de alta como demandantes de empleo y aseguraros de reactivar la prestación.

Si la carta que os llega a casa es de SUSPENSION (y no de sanción) los días que no hayáis cobrado por haber estado de baja, NO LOS PERDÉIS, sino que se acumulan a los que os faltan por cobrar. Así pues, los cobrareis mas adelante.  Esto lo podéis consultar en la oficina de empleo.




UNA VEZ QUE NO HE SELLADO  ¿QUÉ TENGO QUE HACER? /
PASOS A SEGUIR:

Una vez que no se ha sellado el día que tocaba, la administración hace 2 cosas:

1. Os da de baja como demandantes de empleo. Por lo que tenéis que volver a daros de alta como demandantes de empleo,  yendo directamente a la oficina. Haced esto cuanto antes, no dejéis pasar ni una solo día. (este paso es para todos, independientemente de la prestación que se cobre).  Y aseguraros igualmente que se reactiva la prestación acudiendo a la oficina de empleo. 

2. Inicia un expediente sancionador ( si bien, como os he comentado las sanciones estan paralizadas o solo son de 1 mes) . En aproximadamente 20 días os llegará una carta certificada donde la administración os propone la extinción total de la ayuda y os concede un plazo de 15 días para hacer alegaciones (si no os llega la carta pasados estos 20 días, podéis acercaros a la oficina de empleo y que os la den allí)




 FASES DEL PROCEDIMIENTO SANCIONADOR:

1. Te comunican la sanción
2. Interposición del primer recurso (llamado de reposición)
3. si lo desestiman entonces se debe Interponer un segundo recurso (llamado reclamación previa), y si ello fracasa
4. Interposición de la demanda en el juzgado 



EN CASO DE QUE TE SANCIONEN CON LA PERDIDA TOTAL DE LA AYUDA O SUBSIDIO  LLAMAMOS!!

LLEVAMOS EL PROCEDIMIENTO COMPLETAMENTE GRATIS!

ESTE DESPACHO SOLO COBRA ÚNICA Y EXCLUSIVAMENTE UN PEQUEÑO PORCENTAJE DE LO RECUPERADO EN CASO DE GANAR!


¿Como hago para que estudien mi caso?

Sin ningún tipo de compromiso Llámanos o Mándanos un whatsapp: 
610 287 056 explicándonos tu situación y te diremos qué se puede hacer en tu caso concreto: RESPONDEMOS EN EL MISMO DÍA. 



Da igual la provincia donde residas, llevamos este procedimiento en toda España

SOLO COBRAMOS SI GANAMOS! 
 Y ADEMAS SOLO COBRAMOS UN PORCENTAJE DE LO RECUPERADO!





Si no recurres ya has perdido,  no lo dejes pasar !

Más información sobre nuestro despacho en:

 http://villanueva-guardiola.com

tf: 610 287 056

email: j.villanueva@icam.es